SANTIAGO.- El jefe del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo, Rafael Pereira, explicó que las empresas que vulneren los derechos de los trabajadores part-time se arriesgan a multas que pueden ascender hasta las 60 UTM.
Lo anterior debido a que en vísperas de Navidad y de la temporada estival, muchas personas recurren a buscar un empleo de medio tiempo o part-time. Según lo estipulado en diciembre de 2001, por el artículo 40 bis del Código del Trabajo, un empleado de medio tiempo posee una jornada semanal de trabajo no superior a los dos tercios de la jornada ordinaria, es decir, 30 horas semanales.
Pereira destacó que "las multas dependen del número de trabajadores que la empresa tenga contratados. De este modo, si posee hasta 49 trabajadores, se le multa con 1 a 20 UTM; si tiene hasta 199 empleados, la sanción es de 2 a 40 UTM y si es de 200 o más trabajadores, arriesga un pago de 60 UTM".
Agregó que las principales empresas que requieren esta fuerza de trabajo para esta época del año, son las del área de comercio. "Las grandes tiendas por lo general combinan trabajadores a tiempo completo y part-time para cubrir las extensiones horarias, y éstas pueden optar por varias alternativas de horario de trabajo, ya que tienen la facultad para extender por dos horas la jornada ordinaria en víspera de Navidad".
Eso tiene una ventaja para el empleador, ya que de común acuerdo con el trabajador part-time, puede establecer en el contrato varias formas distintas de distribución de la jornada, siempre informando con una semana de anticipación cuál será el horario por el que el empleado deberá regirse a la semana siguiente.
"Por ejemplo, si el trabajador fue contratado por 20 horas a la semana podría trabajar 10 horas el sábado y 10 el domingo, o que se pacte una jornada de cinco horas durante cuatro días, en la mañana o tarde, pero siempre y cuando éstas sean informadas", explicó Pereira.
Pereira señaló que a los trabajadores de medio tiempo se les aplican las mismas normas que a los de jornada completa. "Tienen derecho a feriado, descanso y remuneración, y también puede realizar horas extraordinarias con remuneración", acota.
Las principales normas a las que el trabajador debe poner atención al momento de ingresar a un empleo de medio tiempo son:
- Claridad en el horario de ingreso y salida.
- Conocimiento de las distintas alternativas de jornadas a las que se ve afectado. Esto debe estar claramente estipulado en el contrato de trabajo.
- Firmar un contrato de trabajo. Normalmente, como se trata de ocupaciones de corta duración, el empleador está obligado a celebrar la firma del contrato en un plazo máximo de 5 días.
- Fijar la remuneración, que en ningún caso podrá ser inferior al ingreso mínimo, calculado proporcionalmente a la jornada ordinaria que tenga el trabajador.
Pereira, explicó que "básicamente deben estar claras las reglas del juego, pero de todas maneras las personas que vean vulnerados sus derechos, pueden dirigirse a la Inspección del Trabajo a realizar sus denuncias".