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Cámara de Diputados aprueba indulto, pero excluye a presos por delitos terroristas

La iniciativa en su parte fundamental fue votada con 63 votos a favor por parte de diputados de la Concertación y algunos de Renovación Nacional, 40 en contra -principalmente de la UDI- y cuatro abstenciones.

03 de Agosto de 2004 | 17:52 | El Mercurio en Internet
Golpes en la Sala
Apenas terminada la votación del proyecto, los caldeados ánimos del debate dieron paso a un “minuto de incidentes” informal, cuando Fidel Espinoza (PS) cruza el hemiciclo para responder a un ataque verbal de su colega de la UDI, Darío Molina.

Espinoza no alcanzó a llegar donde Molina, pues fue interceptado por Juan Masferrer (UDI), con quien se trenzó en un conato que fue controlado por algunos parlamentarios.

En eso estaba todos, cuando Iván Norambuena de la UDI le pegó por detrás a Alejandro Navarro (PS), y después volvió a su asiento.

Vinieron entonces las recriminaciones mutuas entre opositores y oficialistas. Muchos de los dardos concertacionistas fueron contra el diputado Felipe Salaberry (UDI) que en la sesión igualó la situación de los presos con la de los militares procesados.
VALPARAISO.- La Cámara de Diputados aprobó esta tarde el proyecto de Ley de Indulto, que dispone el beneficio para los dos tercios de los presos subversivos, pero excluye a aquellos condenados o procesados por delitos terroristas cometidos entre 1989 y 1998.

La iniciativa en su parte fundamental fue votada con 63 votos a favor por parte de diputados de la Concertación y algunos de Renovación Nacional, 40 en contra -principalmente de la UDI- y cuatro abstenciones.

El presidente de la Cámara de Diputados, Pablo Lorenzini, dio por despachado el proyecto a su tercer trámite constitucional, mientras en las tribunas decenas de familiares de los presos centraron sus gritos y consignas en contra de la UDI.

La posibilidad de que los reos por delitos terroristas accedieran al indulto ya había sido rechazado en el Senado, al no alcanzarse el quorum necesario para modificar la legislación al respecto.

Con ello, los presos que podrán ser beneficiados son aquellos condenados por Ley de Seguridad Interior del Estado, Ley de Control de Armas y delitos contemplados en los códigos Penal y de Justicia Militar.

Otros beneficios

Para obtener los beneficios legales, los interesados deberán acreditar haber suscrito una solicitud dirigida al Ministerio de Justicia que “contenga un compromiso inequívoco de renuncia al uso de la violencia”.

El tribunal tendrá un plazo para resolver de 30 días una vez formulada la petición.

En otro plano, se indica que los beneficiarios de esta ley quedarán sujetos a arraigo y al régimen de libertad vigilada por un lapso de 5 años desde que hayan cumplido la condena.

También se dispone que los beneficiados no reincidan en conductas sancionadas por las leyes 18.314 (que determina conductas terroristas y fija su penalidad) y 17.798 (que establece el control de armas) durante el tiempo que reste para el cumplimiento de sus penas. Tampoco respecto de delitos comunes que tengan asignada pena de crimen, es decir, 5 años y un día en adelante.

Finalmente, la moción señala que los familiares de las víctimas de los delitos cometidos por las personas favorecidas por esta ley tendrán derecho a la totalidad de los beneficios establecidos en la iniciativa que creo la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.

El informe financiero puntualiza que se beneficiará a un número estimado de 60 personas con un costo, el primer año, de $203.236.800.
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