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La nueva justicia
Principios Generales
Actores de la Reforma
Su funcionamiento
Derechos y garantías
Diferencias con el sistema antiguo
Preguntas frecuentes
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¿Cuántos tribunales habrán en total?
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En la Región Metropolitana habrá 7 tribunales orales. En otras regiones el número será menor, pero siempre habrá más de uno por región.

¿Qué pasará con la justicia no penal?
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Los tribunales de policía local, que son un estamento distinto a los tribunales ordinarios de justicia y que están sometidos a la supervigilancia de la Corte Suprema, pero dependen de las municipalidades, van a seguir existiendo y tienen una competencia propia. Todo lo que tiene que ver con justicia no penal o de jurisdicción común como: tribunales de letras en lo civil, tribunales de menores, tribunales laborales, seguirán existiendo porque la reforma no se extiende hacia allá. Los que desparecerán en algún momento son los juzgados del crimen.

¿Este nuevo sistema se aplica a todo tipo de delitos?
- Todo tipo de infracción penal se tramita bajo la modalidad del nuevo sistema, con un fiscal, con defensor, jueces de garantía y jueces orales si es que se llega a esa etapa del juicio. Las faltas, que son las infracciones penales más leves, como los desórdenes públicos, las amenazas puras y simples, las lesiones leves causadas en una riña, etc, entran a la tramitación del nuevo sistema. Pero existen diferentes procedimientos más simplificados o más complejos, dependiendo de la naturaleza de la infracción. Y eso lo determina el Ministerio Público a través de sus fiscales. El fiscal cuando se enfrenta a la denuncia de un hecho, lo primero que debe hacer es calificar su gravedad y de acuerdo con eso tiene reglas legales que le dicen qué pena podría ser aplicada a esa conducta y en relación con esa pena hay reglas en el procedimiento que le indican qué tipo de mecanismo procesal es el que tiene que utilizar.

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