¿Desaparece con la reforma el concepto
de auto de procesamiento?
- Con el nuevo sistema desaparece el término procesamiento.
El procesado del sistema antiguo era una consecuencia de una resolución
que el tribunal tenía que dictar dentro de la ritualidad
de los juicios del sistema antiguo que se llamaba auto de procesamiento,
que consistía básicamente en la comunicación
que el tribunal hacía de que estaba dirigiendo específicamente
el proceso en contra de una persona. Por lo tanto desaparece el
trámite del auto de procesamiento y es en cierto modo es
reemplazado por un trámite distinto que en el nuevo sistema
se llama formalización de la investigación, que es
la comunicación formal que el fiscal hace en presencia del
juez de garantía a una persona y no produce otro efecto que
proporcionarle al imputado todos los antecedentes necesarios para
que empiece a construir su defensa.
¿En el nuevo proceso existen testigos
secretos?
- Existe dentro del esquema procesal penal
nuevo la posibilidad de resguardar o de tener cierta reserva de
identidad de los testigos. Esa reserva de identidad se manifiesta
básicamente en la no divulgación de ciertos datos,
pero eso no quiere decir que vayan a haber testigos encapuchados
o declarando detrás de un biombo. En ciertas situaciones
pueden los tribunales autorizar ciertas formas de resguardo de la
identidad de las víctimas como por ejemplo que los menores
de edad que han sido víctimas de abusos sexuales declaren
en una sala contigua a la de la audiencia del tribunal, a través
del circuito cerrado de televisión y que sean los jueces
los que interroguen a los testigos y no los abogados. Entonces la
figura de los testigos secretos o reservados que uno ha visto disfrazados
o detrás de un biombo se dan en función de ciertas
leyes especiales como la ley de conducta terrorista o la ley de
tráfico de drogas, pero no es una característica directa
del nuevo sistema procesal penal. |