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La nueva justicia
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¿Cómo funciona la nueva justicia cuando se trata de delitos en el que están involucrados autoridades con fuero?
- En esencia, el procedimiento tiene las mismas premisas, en relación con las personas revestidas de fuero, que habían en el sistema antiguo. La idea es que haya un procedimiento que garantice que sea la Corte de Apelaciones la que se pronuncie respecto de la posibilidad de someter a juicio o no a una persona. La solicitud de desafuero se hace cuando el fiscal ha cerrado la investigación. Sin embargo, mientras dura la investigación se pueden hacer muchas de diligencias, que pueden afectar a la persona con fuero y, en ese caso, la petición de desafuero puede anticiparse. Pero la autorización para proceder en contra de una persona, para formalizar la investigación, es necesario que la dé la Corte de Apelaciones respectiva.

¿Existe una disposición distinta con respecto a las minorías étnicas?
- Para los pueblos originarios o minorías étnicas no hay diferencias de procedimiento. Lo que sí hay por la vía de las prácticas o políticas institucionales, son figuras como las del facilitador intercultural, que es un funcionario del Ministerio Público, que en el caso de la IX Región, pertenece a la etnia mapuche o conoce el idioma, su cultura y que eventualmente actúa como intérprete, como facilitador de la relación entre aquella persona que comparece y que pertenece a una minoría étnica y el sistema.

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