SANTIAGO.- El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó dos demandas colectivas contra la empresa Hites. Una por cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión para su producto financiero "Tarjeta Hites" y superar la tasa máxima convencional. La otra demanda es por la venta de seguros de garantía extendida sin el consentimiento expreso de los consumidores.
En relación a la demanda por cláusulas abusivas y por superar la tasa máxima convencional, el Servicio busca que la justicia declare nulas las condiciones abusivas detectadas en los contratos de adhesión de la "Tarjeta Hites", que atentan contra los derechos de los consumidores.
En esa línea, la empresa se exime o limita anticipadamente su responsabilidad, invierte la carga de la prueba en perjuicio del consumidor, otorga mandatos abusivos y cobro de interés que sobrepasa la tasa máxima convencional en forma de comisión.
Respecto a esto último el Servicio busca que se compense a los consumidores que han pagado montos de dinero correspondientes a interés por sobre el límite legal, además de objetar la estructura de comisiones de este proveedor. Por ejemplo, en el caso de un avance por $150.000 en 12 cuotas, el proveedor estaría aplicando una tasa de interés del 8,06%, siendo que en ese caso corresponde una tasa máxima convencional de un 3,01%.
Respecto a la demanda por venta de seguros de garantía extendida sin consentimiento, esta acción judicial se inició tras detectar irregularidades en la venta de seguros de garantía extendida, la que de acuerdo a los reclamos recibidos por el Servicio, se realizaban sin el consentimiento de los consumidores.
La práctica expuesta vulnera el derecho a la información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, contratación y otras características relevantes de los mismos, así como también respecto de la obligación de la empresa de indicar detalladamente todos los costos que comprenden el valor efectivo del producto o servicio.
Además, a través de esta práctica, el consumidor no tiene acceso claro, comprensible e inequívoco a los términos, condiciones y modalidades en que opera este tipo de seguro.
A lo anterior, se suma, que Sernac, analizó los contratos de adhesión del llamado "Plan de Servicio" encontrando cláusulas que son prohibidas por la ley. Como por ejemplo, las que invierten la carga de la prueba y que crean un desequilibrio entre los derechos y obligaciones en perjuicio al consumidor.
La respuesta de Hites
En una primera instancia, al conocer los hechos, el Sernac ofició a la empresa y la invitó a participar de una mediación colectiva, a la que el proveedor no accedió.
"Como Sernac lamentamos que la empresa no haya estado dispuesta a encontrar extrajudicialmente una propuesta compensatoria adecuada para los consumidores, por lo que ahora lo deberá hacer ante los Tribunales de Justicia", enfatizó el director nacional de la entidad, Ernesto Muñoz, y explicó que con esta demanda colectiva, el Servicio busca que la empresa compense adecuadamente a todos los consumidores que se vieron afectados por este tipo de prácticas.
Así, el Servicio ya ha demandado en dos oportunidades a este proveedor por cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión, por incumplimiento de términos y condiciones, y retardo en la entrega de los productos.
Cabe destacar que la competencia principal de la empresa en el segmento C3 son las multitiendas Abcdin, La Polar, Johnson y Corona.