EMOLTV

Presidente promulga ley de portabilidad financiera que permite bajar costos y tiempo para refinanciar créditos

El Mandatario dijo que la normativa permitirá traspasar garantías de los créditos contratados desde un acreedor a otro de "manera fácil y simple".

03 de Junio de 2020 | 15:10 | Por A. González, Emol
imagen
Presidencia
El Presidente, Sebastián Piñera, promulgó este miércoles la nueva Ley de Portabilidad Financiera, que permitirá que las personas y empresas cambiarse con mayor rapidez y facilidad de proveedor de productos como cuentas corrientes, tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios, de consumo y automotrices.

"Esta ley va a mejorar la competencia y la transparencia en el mercado financiero, y va a terminar con los deudores cautivos de sus instituciones financieras”, afirmó el Mandatario en el Palacio de La Moneda.


La ley establece un mecanismo que le permitirá a las personas comparar la totalidad de costos, intereses y comisiones que le cobran por todos los productos que contrate, facilitando de manera significativa la comparación de alternativas para el cliente.

Además, se facilita al cliente el proceso de traslado de una compañía a otra, tal como ocurre con la portabilidad de telefonía móvil, siendo el nuevo proveedor quien realice la totalidad de las gestiones a nombre del cliente.

La Ley de Portabilidad Financiera permitirá traspasar garantías de los créditos contratados desde un acreedor a otro de "manera fácil y simple", abaratando el costo de refinanciar créditos en 60% y disminuyendo el tiempo de trámites en un 40%, indicó el jefe de Estado.

todos los productos financieros serán objetos de portabilidad y sólo en el caso de los créditos hipotecarios habrá condiciones especiales, por lo que los usuarios podrán cambiar de proveedor financiero las cuentas de ahorro, cuentas vista, chequera electrónica, línea de crédito, tarjetas de crédito y débito, créditos de consumo y créditos automotrices, entre otros.


"Todos estos proyectos buscan una sola cosa: hacer que en nuestra economía y en nuestra sociedad no existan conductivas anticompetitivas, ni carteles, ni monopolio, además de fomentar la transparencia y la mejor información", enfatizó el jefe de Estado.

La Ley entrará en vigencia transcurridos 90 días desde su publicación en el Diario Oficial. Por otra parte, la Ley establece que, en 45 días desde su publicación en el Diario Oficial, el Ministerio de Hacienda y el de Economía deberán publicar un reglamento que regulará todos los aspectos necesarios para la correcta aplicación de esta ley, incluyendo materias tales como los requisitos y plazos de las notificaciones, comunicaciones o aceptaciones.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?