Este lunes, la empresa Enel Distribución informó que presentó un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) en contra de los preceptos de la ley de Servicios Básicos que permite postergar el cobro de deudas e impisde los cortes de suministro por no pago.
Según explico la compañía en un comunicado, en junio pasado la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) ordenó a Enel reponer el servicio a un grupo de clientes de alto consumo, "que habían sido desconectados por encontrarse en mora pese a su evidente capacidad de pago".
"En su oficio, la SEC hizo extensivo este beneficio contenido en la normativa que, en su espíritu, fue concebida para ir en ayuda de los hogares vulnerables en el contexto de crisis social y económica derivada de la pandemia por covid-19", añadió.
Según plantea la empresa en el recursos, las reglas de la ley sin distinción alguna por la capacidad de pago de los clientes vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley, ya que "las normas jurídicas deben ser iguales para todas las personas que se encuentren en las mismas circunstancias y, consecuencialmente, diversas para aquellas que se encuentren en situaciones diferentes".
En este caso, explicó que "no hace una distinción tan básica para el objeto de esta norma, como la capacidad de pago de las personas".
"Tampoco respeta la igualdad ante la ley, al introducir una discriminación arbitraria en el ejercicio del derecho contractual esencial de Enel Distribución, como es el recibir un pago oportuno de sus clientes a cambio del suministro de electricidad que está obligada a entregar según lo dispuesto en el mismo contrato", agregó.
Lo anterior, , continuó, "contraviene además el derecho a la no discriminación arbitraria que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica".
"No se justifica" para quienes no lo necesitan
"Desde el principio de la pandemia hemos puesto nuestros esfuerzos en ayudar a los clientes que se han visto más afectados por las consecuencias de esta crisis. Sin embargo, no existe ninguna justificación para otorgar un beneficio a quien no lo necesita. Aún más, en este tiempo hemos visto cómo la ley promulgada para ayudar a los clientes más vulnerables afectados por la crisis sanitaria ha beneficiado a clientes de altos consumos, que no solicitan convenios ni repactan sus deudas", explicó Ramón Castañeda, gerente general de Enel Distribución.
En el requerimiento, que fue acogido a tramitación por el TC, adicionalmente, se argumenta que la medida transgrede la garantía constitucional de igual repartición de las cargas públicas, al obligar a la empresa a asumir los costos de una medida en favor de gran parte de la comunidad, "cuestión que por norma general debiese ser asumida por el Estado y, en casos excepcionales, por medio de gravámenes específicos muy bien fundados".
"Nada de esto se da al establecer como obligación el continuar prestando servicios e impedir la suspensión de suministro a usuarios que optan por no cumplir con su obligación de pago, pese a tener la capacidad para ello, según los antecedentes públicos que han podido reunirse", subrayó Enel.
Todo lo anterior redunda en la vulneración del derecho de propiedad de Enel Distribución, al privarle del mayor incentivo que dispone un servicio concesionado para incentivar el pago, como es la suspensión, comprometiendo con ello su equilibrio financiero", aseveró la firma.
Por último, el requerimiento agrega que la aplicación "indiscriminada" de la ley de Servicios Básicos también vulnera el principio de proporcionalidad implícito en la Constitución de la República y que deben seguir todas las normas que restrinjan derechos fundamentales. "La norma no cumple con estándares básicos del principio de proporcionalidad, como es la idoneidad de la medida, es decir que sea adecuada para lograr el fin legítimo que la inspira"
"No existe ninguna justificación para otorgar un beneficio a quien no lo necesita ni para que el costo de esta medida recaiga sobre un particular, en este caso, la concesionaria de distribución", finalizó.