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Comisión de Economía de la Cámara aprueba en general proyecto que extiende prohibición de cortes de servicios básicos

La idea es extender por un año más la medida, la cual entró en vigencia en agosto de 2020.

13 de Diciembre de 2021 | 17:00 | Por A. González, Emol
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El Mercurio
A pocos pocos días del vencimiento de la normativa que prohíbe los cortes de servicios básicos -que entró en vigencia en agosto de 2020-, la comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto para extender por un año más la medida.

La moción dispone de manera excepcional la extensión del beneficio en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red.

En concreto, el texto legal plantea que se hace necesario buscar soluciones que mantengan, por un tiempo significativamente mayor, las ayudas sociales. Esto se refiere a los esquemas de protección social y de contención de los gastos en servicios básicos de los hogares.

De esta manera, se busca extender el plazo en un año para impedir los cortes. Además, se amplía la cobertura de la población resguardada al 100% de vulnerabilidad.

Ante la urgencia de la materia, el grupo legislativo acordó extender el plazo de indicaciones hasta este martes 14 de diciembre. En la misma jornada se votará en particular.

Rotulación de alimentos

En otra materia y al inicio de su jornada de trabajo, la comisión de Economía aprobó en general el proyecto que modifica el Código Sanitario en materia de rotulación de productos alimenticios.

La propuesta presenta exigencias para las etiquetas de todos los productos alimenticios destinados al consumo humano, que se expendan públicamente. Así, estas deberán contar con fecha de elaboración, envasado y vencimiento.

La fecha de vencimiento deberá indicarse en forma clara en sus envases o etiquetas. Para ello se procurará que la información sea visible y de fácil comprensión para la población. Además, estos datos deberán ser de fácil comprensión para personas con discapacidad visual.

Por otro lado, determina que será responsabilidad del fabricante, importador o productor que la información disponible en el rótulo de los productos sea íntegra y veraz.

Adicionalmente, se definen exigencias respecto a las letras o números que se utilicen para indicar la fecha de vencimiento. De tal modo, se indica que las medidas mínimas no podrán ser inferiores a 4 milímetros, en su altura; y 3 milímetros, en su ancho. En el caso de la escritura Braille, no podrá ser inferior a la medida estándar de 6,2 milímetros.

Para este proyecto el grupo parlamentario extendió el plazo de indicaciones hasta el lunes 20 de septiembre.
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