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Senado aprueba informe de comisión mixta sobre prohibición del reparto de utilidades de empresas que quieran acogerse a la ley

La indicación que fue aprobada por 25 votos a favor y 2 en contra, este miércoles deberá ser discutida en la Cámara.

05 de Mayo de 2020 | 22:10 | Por Shirley Berndt, Emol
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El Senado aprobó este martes una indicación del informe de la comisión mixta que prohíbe el reparto de utilidades de empresas que se acojan a la Ley de Protección al Empleo, luego de la polémica que surgió tras el reparto de estas ganancias en Cencosud.

El informe fue aprobado con 25 votos a favor y 2 en contra, y mañana miércoles las modificaciones deberán ser discutidas en la Cámara de Diputados.

Inicialmente, el Ejecutivo propuso una indicación que permitía repartir el mínimo legal de dividendos (30%), si es que la cantidad de trabajadores con contratos suspendidos representaba menos del 10% de la planilla, luego se rebajó a 5%, pero esa indicación fue rechazada.

Por lo que se mantiene lo que había propuesto la semana pasada la comisión, que era la prohibición de que todas las empresas que utilicen la ley no puedan repartir dividendos.
Así lo confirmó la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, que sostuvo que "es una indicación presentada por un grupo de parlamentarios, que hubo algunos elementos que perfeccionó el Ejecutivo, se señala que todas aquellas sociedades anónimas que se acojan a la Ley de Protección al Empleo no podrán hacer distribución de utilidades".

Sobre el caso de Cencosud señaló que "es un caso donde hubo una repartición de utilidades que fue muy por encima de lo del mínimo legal que establece la normativa actualmente vigente, y por lo tanto esta empresa va a tener que demostrar que realmente tenía los requisitos para poder acceder a la norma".

"Aquí yo quiero ser bien clara y enfática que la norma desde su comienzo ha establecido que sólo pueden acogerse a ella empresas que tengan la necesidad, que estén pasando por una situación en la cual no puedan mantener los ingresos de sus trabajadores", precisó la secretaria de Estado.

Y agregó que "cualquier empresa, independiente del tamaño, que sea grande, mediana, pequeña, que haga uso o haya hecho uso de esta ley y que se ponga en juicio el que realmente tenía la necesidad de usarla, los antecedentes pueden ser puestos en conocimiento de los tribunales de justicia ".

Asimismo explicó que se tendrá un registro público en el cual van a estar los nombres de todas las empresas que se acogieron a la Ley de Protección al Empleo, por lo que cualquier persona, "ya sea por parte de particulares, que consideren que no se han dado cumplimiento a lo que la ley establece, pueden recurrir a la Dirección del Trabajo y así también podrá ser puesto en conocimiento de los Tribunales de Justicia".

Por otro lado, sobre la indicación de la retroactividad en esta ley, la ministra manifestó que es "muy complejo", ya que "tenemos muchas empresas en que sus juntas de accionistas , ya todas se celebraron durante el mes de abril, válidamente repartieron sus utilidades considerando cuáles son los mínimos que la ley establece y por lo tanto esos mínimos son los que hay que respetar, aquí hay un resguardo que tiene que ver con los pequeños accionistas prioritariamente".
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