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Tribunal Ambiental de Valdivia anula permiso de las tronaduras de Mina Invierno

La compañía activó un programa de reducción de su operación en abril de este año, debido a una medida cautelar que le impedía el uso de tronaduras para extraer carbón bajo la cota de 100 metros sobre el nivel del mar.

21 de Agosto de 2019 | 08:17 | Redactado por Alfonso González
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El Mercurio
Por dos votos contra uno, el Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó el permiso para las tronaduras del proyecto Mina Invierno.

La instancia acogió la reclamación interpuesta en contra de la resolución del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que calificó favorablemente el "Proyecto Tronaduras", de la firma ligada a los grupos Von Appen y Angelini.

La resolución reclamada había acogido un recurso presentado por la empresa en contra de la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental de Magallanes, que en el año 2018 había rechazado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto Tronaduras.

De esta manera, el voto de mayoría acogió la solicitud de los reclamantes y anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable del proyecto Tronaduras, "debido a la falta de información esencial sobre el componente paleobotánico en la evaluación de la DIA, y la posible afectación de dicho patrimonio cultural por las tronaduras".

Según la sentencia, el director ejecutivo del SEA basó su aprobación de la DIA de Tronaduras en la línea base de la RCA del proyecto Mina Invierno, aprobado el año 2011. Sin embargo, dicha RCA no incorporó el componente paleontológico, en circunstancias que durante las faenas de la mina se detectó la presencia piezas fósiles, principalmente plantas.

"Subyacente en el razonamiento del director ejecutivo del SEA, se encuentra la premisa implícita de que en la evaluación ambiental del Proyecto Mina Invierno ya se había evaluado el componente paleontológico y que, por tanto, se había protegido ambientalmente. Pero esta premisa ha sido desvirtuada de la sola lectura de la RCA 25/2011. En efecto, en el proceso de evaluación ambiental del Proyecto Mina Invierno se analizó ambientalmente el componente cultural, pero se descartó la existencia de hallazgos paleontológicos, por lo que no existía línea de base paleontológica (…) mientras que en el Proyecto Tronaduras sí se comprobó su existencia", señaló la sentencia.

Cabe recordar que Mina Invierno activó un programa de reducción de su operación en abril de este año, luego de que a fines de marzo el Tribunal Ambiental, a través de una medida cautelar, prohibiera el uso de tronaduras para extraer carbón bajo la cota de 100 metros sobre el nivel del mar.

El Tribunal, además, rechazó otras cuatro alegaciones presentadas por los reclamantes, con el objeto de anular la RCA del Proyecto Tronaduras.

Respecto de la ausencia de evaluación del cambio climático en el proyecto, el Tribunal determinó que la empresa no estaba obligada a incorporar dicho aspecto, ya que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental no lo requiere.
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